{"id":44,"date":"2013-11-27T20:24:08","date_gmt":"2013-11-27T20:24:08","guid":{"rendered":"https:\/\/quianenergy.com\/?page_id=44"},"modified":"2013-11-27T20:24:08","modified_gmt":"2013-11-27T20:24:08","slug":"preguntas-frecuentes","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/preguntas-frecuentes\/","title":{"rendered":"Preguntas Frecuentes"},"content":{"rendered":"<p><strong>\u00bfQue es el certificado Energ\u00e9tico?<\/strong><\/p>\n<p>El Certificado de Eficiencia Energ\u00e9tica es el documento que deben poseer desde el 1 de junio de 2013 los propietarios que alquilen o vendan una vivienda o un edificio en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p><strong>\u00bfComo se obtiene el certificado de eficiencia energ\u00e9tica?<\/strong><\/p>\n<p>El certificado ser\u00e1 realizado por un t\u00e9cnico cualificado, y debe ser incluido en un registro oficial creado por cada una de las Comunidades Aut\u00f3nomas. Los Ingenieros del equipo de QuianEnergy se encargar\u00e1n de todos los tr\u00e1mites necesarios.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1ndo entra en vigor la obligaci\u00f3n de obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica?<\/strong><br \/>\nLa obligaci\u00f3n de obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica de edificios nuevos se produce desde la entrada en vigor del <a href=\"http:\/\/www.minetur.gob.es\/energia\/desarrollo\/EficienciaEnergetica\/CertificacionEnergetica\/Normativa\/Paginas\/rd235_2013.aspx\" target=\"_blank\">Real Decreto 235\/2013<\/a>.<\/p>\n<p>Para el caso de edificios existentes, la obligaci\u00f3n de obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica se produce desde el 1 de junio de 2013.<\/p>\n<p>En todos los casos (nuevos y existentes), estos certificados ser\u00e1n exigibles en los contratos de compra-venta o alquiler<span style=\"text-decoration: underline;\"><strong> a partir del 1 de junio de 2013<\/strong><\/span>.<br \/>\n<strong>\u00bfQui\u00e9n tiene la responsabilidad de obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica y de mostrar la etiqueta?<\/strong><br \/>\nEs el promotor o propietario del edificio o parte del mismo el responsable de encargar la realizaci\u00f3n de la certificaci\u00f3n energ\u00e9tica del edificio y de mostrar la etiqueta en toda oferta, promoci\u00f3n y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del mismo.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDebe estar registrado el certificado de eficiencia energ\u00e9tica de un edificio para tener validez legal?<\/strong><br \/>\nLa validez del certificado se produce una vez firmado por el t\u00e9cnico competente, no obstante, \u201cel certificado de eficiencia energ\u00e9tica del edificio debe presentarse, por el promotor, o propietario, en su caso, al \u00f3rgano competente de la Comunidad Aut\u00f3noma en materia de certificacin energ\u00e9tica de edificios, para el registro de estas certificaciones en su \u00e1mbito territorial\u201d. Adem\u00e1s de lo anterior, es preciso recordar que tanto el modelo de certificado aprobado como el de etiqueta deben contener el n\u00famero de registro asignado por la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p><strong>\u00bfEn el momento de ofertar o publicitar un edificio o unidad del edificio dirigida a la venta o alquiler, es necesario disponer del certificado de eficiencia energ\u00e9tica o bastar\u00eda con la calificaci\u00f3n de eficiencia energ\u00e9tica expresa en la etiqueta de eficiencia energ\u00e9tica?<\/strong><br \/>\nS\u00ed, es necesario disponer del certificado de eficiencia energ\u00e9tica suscrito por el t\u00e9cnico competente y de la etiqueta de eficiencia energ\u00e9tica.<\/p>\n<p><strong>\u00bfEn qu\u00e9 momento el promotor o el propietario de un edificio existente o parte del mismo debe registrar, ante el \u00f3rgano competente de la Comunidad Aut\u00f3noma en materia de certificaci\u00f3n energ\u00e9tica de edificios, el certificado de eficiencia energ\u00e9tica?<\/strong><br \/>\nUna vez el t\u00e9cnico competente elabore el certificado de eficiencia energ\u00e9tica del edificio o de parte del edificio, el promotor o propietario deber\u00e1 solicitar la inscripci\u00f3n del documento en el registro que habilite la Comunidad Aut\u00f3noma para su registro y efectos oportunos.<\/p>\n<p><strong>\u00bfEs obligatorio obtener el certificado para las habitaciones de los hoteles, de casas rurales o espacios para eventos?<\/strong><br \/>\nNo es obligatoria la obtenci\u00f3n del certificado de eficiencia energ\u00e9tica para las habitaciones de los hoteles, habitaciones de casas rurales o espacios para eventos, ya que en estos casos no existe un contrato de arrendamiento seg\u00fan la Ley de Arrendamientos Urbanos.<\/p>\n<p><strong>\u00bfLos garajes y trasteros de un edificio deben obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica?<\/strong><br \/>\nNo es obligatoria la obtenci\u00f3n del certificado para los garajes o trasteros de un edificio ya que no se considera una \u201cparte de un edificio\u201d seg\u00fan la definici\u00f3n establecida en el apartado 3.r del art\u00edculo 1 del Real Decreto, y adem\u00e1s, de acuerdo con el C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n se consideran espacios no habitables.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDeben los edificios de titularidad p\u00fablica, ocupados por una autoridad p\u00fablica y que sean frecuentados habitualmente por el p\u00fablico, obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica y exhibir la etiqueta de eficiencia energ\u00e9tica?<\/strong><br \/>\nLos edificios de titularidad p\u00fablica, ocupados por una autoridad p\u00fablica y que sean frecuentados habitualmente por el p\u00fablico, deber\u00e1n disponer del certificado de eficiencia energ\u00e9tica y exhibir la etiqueta de eficiencia energ\u00e9tica a partir del 1 de Junio de 2013, cuando su superficie \u00fatil total sea superior a 500 m2. Y a partir del 9 de julio de 2015 cuando su superficie \u00fatil sea superior a 250 m2.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1ndo deben exhibir la etiqueta de eficiencia energ\u00e9tica los edificios de titularidad privada que dispongan de una superficie \u00fatil total superior a 500 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el p\u00fablico?<\/strong><br \/>\nLos edificios de titularidad privada que dispongan de una superficie \u00fatil total superior a 500 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el p\u00fablico deber\u00e1n obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica cuando se construyan, vendan o se alquilen. Cuando estos edificios dispongan del certificado de eficiencia energ\u00e9tica tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de exhibir la etiqueta de eficiencia energ\u00e9tica a partir del 1 de junio de 2013.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfQue es el certificado Energ\u00e9tico? El Certificado de Eficiencia Energ\u00e9tica es el documento que deben poseer desde el 1 de junio de 2013 los propietarios que alquilen o vendan una vivienda o un edificio en Espa\u00f1a. \u00bfComo se obtiene el certificado de eficiencia energ\u00e9tica? El certificado ser\u00e1 realizado por un t\u00e9cnico cualificado, y debe ser incluido en un registro oficial creado por cada una de las Comunidades Aut\u00f3nomas. Los Ingenieros del equipo de QuianEnergy se encargar\u00e1n de todos los tr\u00e1mites necesarios. \u00bfCu\u00e1ndo entra en vigor la obligaci\u00f3n de obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica? La obligaci\u00f3n de obtener el certificado de eficiencia energ\u00e9tica de edificios nuevos se produce desde la entrada en vigor del Real Decreto 235\/2013. Para el caso de edificios existentes, la obligaci\u00f3n&hellip;<\/p>\n<p class=\"excerpt-more\"><a class=\"blog-excerpt button\" href=\"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/preguntas-frecuentes\/\">Read More&#8230;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-44","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/44","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=44"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/44\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/quianenergy.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=44"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}